Por qué el padrón va primero
La mayoría de los trámites (tarjeta sanitaria, colegio y a veces la TIE) piden el certificado de empadronamiento. Hazlo en tus primeros días y pide la cita de la TIE a la vez, porque el plazo de un mes cuenta desde el día en que entraste.
Preguntas frecuentes
¿Necesito la TIE si me quedo menos de seis meses?
No. Si tu estancia es inferior a 180 días, el visado cubre toda la estancia.
¿Puedo conducir con mi permiso extranjero?
Sí, como máximo seis meses desde que eres residente. Después, sin convenio de canje, necesitas el permiso español con examen.
¿Se envía mi progreso a algún sitio?
No. Las marcas se guardan solo en tu navegador.
Fuentes
- BOE: Ley 7/1985, art. 15 (Padrón municipal), texto de la Ley 4/1996
- Ministerio de Asuntos Exteriores: Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE)
- Seguridad Social: guía para solicitar el Número de la Seguridad Social (NUSS)
- DGT: canje de permisos de otros países
Lista práctica, no asesoramiento jurídico. Los trámites pueden variar según la comunidad autónoma y el ayuntamiento.